La Ley 42 autoriza el uso del cannabis para propósitos medicinales

La Ley 42 autoriza el uso del cannabis para propósitos medicinales

En Puerto Rico, la Ley 42 autoriza el uso del cannabis para propósitos medicinales. Además, autoriza a los pacientes residentes de Estados Unidos y sus territorios para que estos puedan beneficiarse programa hasta un máximo 30 días.

Mientras tanto, el Departamento de Salud autorizada en el Reglamento 9038 ciertas condiciones para que puedan beneficiarse del programa. Si padeces de al menos una de estas condiciones pudieras certificarte como Paciente Autorizado:

  • Alzhéimer
  • Anorexia
  • Artritis
  • Autismo
  • Cáncer y el tratamiento de quimioterapia
  • Caquexia
  • Depresión
  • Desorden de Ansiedad, definidos en el DSM 5
  • Desordenes relacionados al Virus de Inmunodeficiencia Humana (HIV) Positivo
  • Dolor Crónico
  • Esclerosis Múltiple/Lateral Amiotrófica
  • Enfermedades incurables y avanzadas que requieran cuidado paliativo
  • Epilepsia
  • Espasmos Musculares
  • Fibromialgia
  • Glaucoma
  • Hepatitis C
  • Insomnio
  • Lesiones del Cordón Espinal
  • Migraña
  • Náuseas Severas
  • Neuropatías Periferales
  • Parkinson
  • Síndrome de Estrés Postraumático (PTSD)
  • Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA)
  • Trastorno Bipolar

El Departamento de Salud puede añadir otras condiciones autorizadas por el Cuerpo Asesor Médico. Para más información del cannabis medicinal o cómo certificarte llama al (787) 421-6472 o lee nuestro artículo: 6 Requisitos que debes saber para Certificarte como Paciente Autorizado.

6 Requisitos que debes saber para Certificarte como Paciente Autorizado

6 Requisitos que debes saber para Certificarte como Paciente Autorizado

El Departamento de Salud (DS) ha establecido 6 requisitos para que puedas certificarte como paciente autorizado de cannabis medicinal. Es por ello que los interesados en participar del programa deben cumplir con lo siguiente:

  1. Ser mayor de 21 años de edad o estar emancipado;
  2. Padecer de alguna de las condiciones aprobadas por el DS;
  3. Proveer copia de su identificación con foto y firma emitida por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico o Pasaporte de los Estados Unidos, vigente;
  4. Obtener una recomendación por un médico autorizado;
  5. Pagar los honorarios, aranceles y derechos aplicables;
  6. Enviar los documentos requeridos a la Oficina de Cannabis Medicinal para evaluación y aprobación.

De necesitar asistencia para adquirir su medicamento, usted podrá designar a un Acompañante Autorizado.

Para más información o conocer las condiciones aprobadas por el Departamento de Salud llama al (787) 421-6472 o lee nuestro artículo: La Ley 42 autoriza el Uso del Cannabis para Propósitos Medicinales.